1. REALIZAR LA DECLARACIÓN CENSAL DE INICIO DE ACTIVIDAD
Trámites básicos que tienes que realizar
:
Declaración censal
Es una declaración para hacer conocer los datos de la empresa a la Agencia Tributaria. Te tienes que dar de alta en el censo de la Agencia Tributaria a través del
modelo 036 (para personas jurídicas) o el
modelo 037 (para personas físicas/autónomos).
Preferentemente,
hacéis este trámite telemáticamente
Gastos previos al inicio de actividad
Si tenéis previsto hacer gastos antes de empezar la actividad (compra de equipos, reformas del local, etc.), conviene hacer la declaración previa de inicio de actividad para poder desgravar el IVA de estas inversiones posteriormente.
Eso también se hace por medio del modelo 037.
Agencia Tributaria (Delegación El Hospitalet)
Dirección: Avenida Masnou, 10
Tfno. 93 480 75 00
2. SI ERES AUTÓNOMO, INSCRIBIRTE EN EL RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS (RETA)
Preferentemente, todos los trámites con la Seguridad Social se tienen que hacer telemáticamente a través del
sistema RED .
Desde el 1 de septiembre del 2018
el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) es obligatorio hacerla para el sistema RED . Se formaliza a través del modelo TA0521
En caso de que se contraten trabajadores:
-
Inscripción de la empresa a la Seguridad Social : Con este trámite se realiza la inscripción de la empresa en la Seguridad Social, y se obtiene el código de cuenta de cotización. Se formaliza a través del modelo TA-6
-
Alta de los treballadors/es contractats/des al régimen general de la Seguridad Social. Es formalitza a través del model TA.2/S
Tesorería General Seguridad Social
Dirección: Calle de Sant Fructuós, 80
Tfno. 93 437 62 67
3. COMUNICACIÓN DE ABERTURA DEL CENTRO DE TRABAJO
Dentro de los 30 días posteriores al inicio de la actividad, estamos obligados a comunicar la abertura del centro de trabajo. Esta comunicación se hace a través de
la Oficina Virtual de Trámites .